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Estudio Contable OnlineRobles & Asociados

Santa Fe

Convenio Multilateral en Puerto Gaboto

Si estás en Puerto Gaboto, no hace falta que viajes: resolvemos convenio Multilateral a distancia, con seguimiento por WhatsApp y correo.

Una intimación de ARCA (ex AFIP) o del fisco provincial no siempre significa una deuda real: a veces es una presentación que falta o un dato mal cargado. En convenio Multilateral empezamos por entender qué pasó.

Después te proponemos cómo resolverlo, con plazos y costos claros.

Qué hacemos por vos

  • Revisión de retenciones y percepciones sufridas.
  • Asesoramiento para planificar la carga impositiva dentro de la ley.
  • Respuesta a intimaciones y fiscalizaciones.
  • Análisis de anticipos y saldos a favor.
  • Planes de pago cuando hay deuda.

Antes de consultarnos

  • Facturas emitidas y recibidas del período.
  • CUIT y clave fiscal.
  • Extractos bancarios, si hay movimientos para revisar.
  • Constancias de retenciones y percepciones.

Paso a paso, sin salir de Puerto Gaboto

  1. Primera consulta: nos contás tu caso desde Puerto Gaboto, por el canal que te quede cómodo.
  2. Diagnóstico: vemos tu situación ante ARCA y ante API, y te pasamos un plan por escrito.
  3. Ejecución: gestionamos lo acordado y te vamos avisando cada avance.
  4. Seguimiento: quedamos disponibles para las dudas que aparezcan después.

El fisco de Santa Fe también cuenta

En Santa Fe, Ingresos Brutos depende de la Administración Provincial de Impuestos (API), no de ARCA (ex AFIP). Por eso es común que alguien esté inscripto a nivel nacional y descubra tiempo después una deuda provincial.

Lo revisamos como parte del diagnóstico, para que convenio Multilateral no deje nada suelto. Podés ver cómo funciona en cada jurisdicción en la guía de Ingresos Brutos por provincia.

¿Querés conocer el alcance completo? Mirá la página de Ingresos Brutos y Convenio Multilateral. Y si preferís ir directo a tu caso, escribinos desde Puerto Gaboto por WhatsApp.

Dudas habituales

Preguntas frecuentes en Puerto Gaboto

¿Cuáles son las alícuotas de IVA?

La general es 21 %, con una reducida de 10,5 % y una incrementada de 27 % para ciertos casos. Cuál aplica depende de lo que vendés.

¿Tengo saldo a favor, lo puedo recuperar?

Depende del impuesto y del origen del saldo. Algunos se usan contra futuros pagos y otros se pueden pedir en devolución.

¿Qué hago si recibí una intimación?

No la ignores. Mandanos una copia: revisamos qué reclama, si corresponde y cómo responder.

¿Se puede pagar una deuda en cuotas?

En general sí, ARCA y la mayoría de los fiscos provinciales tienen planes de pago. Las condiciones cambian, así que las revisamos en el momento.

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